La Ordenanza de Terrazas. ¡Un chollo!

En el Distrito de Salamanca, según datos del propio Ayuntamiento  tenemos 565 terrazas, 16.786 metros cuadrados de superficie ocupada.

En tiempos COVID, han sido montadas 283 de ellas 96 en aceras, 170 en estacionamientos y el resto en otros espacios públicos. Quitando 13 que son estacionales, el resto tienen autorizaciones anuales.

Las terrazas COVID ocupan 2.046 metros cuadrados de acera, 5.471 metros cuadrados de espacio de estacionamientos, que suponen alrededor de 400 plazas de aparcamiento y 268 metros cuadrados en otros espacios públicos.

Indudablemente, no todas las terrazas incumplen la normativa vigente. Pero sí son muchas las que hacen que espacios que deberían ser de ocio, tranquilidad y buena armonía, se hayan convertido en entornos poco agradables y de enfrentamiento con los vecinos y con las personas que transitan por las aceras. Ruidos, invasión de aceras y suciedad son los principales argumentos para estos enfrentamientos.

Sin entrar en detalles de los problemas de accesibilidad que todo esto acarrea para los vecinos más vulnerables, que sería objeto de otro artículo, esta situación no es nada agradable para la mayoría de los que vivimos en el distrito.

Pero es que para los que incumplen, la Ordenanza de Terrazas es un chollo, un gran chollo. Veamos.

Dando una vuelta por nuestro barrio, podemos encontrar  terrazas que ocupan más metros de lo que están autorizadas, que ponen obstáculos en las aceras, que se da igualmente incumplimiento en la obligación de retirar el mobiliario al finalizar el horario de funcionamiento, que ponen en la acera elementos o mobiliario de terraza no previstos en la autorización, que colocan elementos que impiden la circulación u ocupan el itinerario peatonal accesible (IPA), que se encuentran situadas sobre los pavimentos podo-táctiles, que interrumpen el paso del agua en caso de lluvia y otras muchas más, todas ellas faltas leves o graves especificadas en la normativa vigente.

Según la Ordenanza de Terrazas todo eso está sancionado con una MULTA COERCITIVA, que puede ser desde 750 euros a 1.550 euros.

¿Y cuál es el proceso que puede llevar al propietario del local a pagar esa multa?

En principio que tenga la mala suerte de que pase un inspector por su local, cosa difícil porque el número de ellos es escaso en el distrito. Al ser multas coercitivas, el inspector le informará que tiene algo que no cumple la norma y que tiene quince días para solucionarlo. Pasados esos quince días el inspector puede, o no, pasar otra vez por el local, pensemos que sí, que pasa y que al no haber arreglado nada, abre un expediente sancionador. Tras la apertura del expediente sancionador, la notificación de la multa puede tardar en llegar al propietario del local más o menos tres meses, eso si no se pierde o traspapela, pero pensemos bien, pensemos que la multa llega a tiempo. El propietario del local tiene quince días para recurrir el expediente incoado y la respuesta del mismo puede tardar entre seis meses y un año en resolverse. Cuando le llega la resolución al propietario del local, este paga la multa, que en el peor de los casos es de 1.500 euros.

Calculemos. La  MULTA COERCITIVA máxima es de 1.500 euros, si la  dividimos entre los doce meses del año, que es más o menos lo que ha tardado en resolverse el caso, a cada mes sale a 125 euros. Eso es la mitad de lo que le produce al propietario del local una sola mesa en una tarde. Es decir que por 125 euros se puede permitir el lujo de no cumplir la normativa. ¡¿Es un chollo o no?!


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