Air Europa indemniza a una familia en un caso de overbooking

FACUA MADRID.

FACUA Madrid ha conseguido que Air Europa indemnice a una familia por los “daños morales” sufridos tras verse obligada a cambiar su vuelo al presentar éste overbooking. Así lo estipula una sentencia del Juzgado Mercantil 11 de Madrid, donde se establece que cada uno de los cinco pasajeros deberán ser compensados con 250€ cada uno, tal y como establece la normativa, además de con otros 500 adicionales por “tensión, incomodidad y molestias” sufridas por tener que posponer su viaje 24 horas.



 

Nuria A.M., socia de FACUA Madrid, resultó afectada por un exceso de reserva imputable a la compañía en un vuelo Lisboa-Madrid en mayo de 2013. Junto a ella, sus cuatro acompañantes: un bebé, otros dos menores de edad y otro familiar de avanzada edad. Tras notificarle Air Europa que el vuelo tenía overbooking, a la afectada solo se le ofreció una única alternativa: volar ella y los tres menores en ese mismo vuelo, pero debiendo la persona restante tomar uno posterior, operado además por otra compañía. La usuaria se negó, lo que obligó a la familia a tomar un avión al día siguiente y a pernoctar una noche más en Lisboa, sin que por ello recibieran ningún tipo de asistencia por parte de Air Europa.

La compañía pretendía indemnizar solo a Nuria, pero el juez ha dado la razón a FACUA. Así, la sentencia dictamina que “dos pasajeros adultos, uno de edad avanzada, con dos niños y un bebé, impide considerar que la denegación se realizó con respecto a uno de ellos, al resultar inviable el traslado por separado”, por lo que procede “una indemnización de 250€ para cada uno de los pasajeros cuyo embarque fue denegado”, esto es, la cuantía que establece la normativa europea ante denegaciones de embarque en vuelos de hasta 1.500 km.

El fallo considera además los “daños morales” sufridos por Nuria y su familia. Por ello, el juez ordena a Air Europa al pago de una indemnización adicional de 500€ por haber tenido los cinco familiares que viajar un día después de la fecha prevista, “en el presente caso con niños de muy corta edad y una persona de avanzada edad”. En total, la aerolínea queda obligada a compensar con 1.750€ más intereses a Nuria y a su familia. La sentencia, contra la que no cabe recurso, condena también en costas a la compañía.

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